jueves, 31 de julio de 2014

¿Qué información debe contener el certificado de eficiencia energética?

www.alvargonzalezycamba.es

El 1 de junio de 2014 se cumplió el año de la obligatoriedad del certificado de eficiencia energética necesario en cualquier transacción de vivienda o local comercial (venta/alquiler), sin embargo aun son muchos los titulares de inmuebles que aun no se han visto obligados a  formalizarlo o bien voluntariamente han eludido dicha obligación (en el caso del arrendamiento ya que en trámite de compraventa es obligatoria su presentación en Notaría), desde estas páginas recordamos a todos aquellos propietarios que estén barajando la posibilidad de venta/ arrendamiento que es obligatorio dicho certificado antes de realizar cualquier transacción y que si quieren ofrecer su vivienda en arrendamiento  la publicidad deberá contener la correspondiente etiqueta energética. Por otro lado, estén atentos a la inspecciones de las Consejerías de Industria de cada Comunidad Autónoma ya que podrán revisar escaparates de inmobiliarias, páginas web y aplicar la sanción correspondiente a todos aquellos anuncios que incumplan el Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, sobre Eficiencia Energética.
Les aconsejamos encomendar dicha gestión a profesionales habilitados, solicitando el pertinente presupuesto y, de ser posible, solicitando descuentos por realización de mas de un certificado.
Pueden solicitar su presupuesto sin compromiso haciendo constar la dirección y metros cuadrados del inmueble en: info@alvargonzalezycamba.es
fuente: www.arquitecnicgranada.com
 
¿Qué información debe contener el certificado de eficiencia energética?
Debe contener como mínimo la siguiente información:

·         Identificación del edificio o, en su caso, la parte que se certifica. (dirección, municipio, provincia, zona climática y referencia catastral).

·         Indicación del procedimiento reconocido utilizado para obtener la calificación energética. Se incluirá la siguiente documentación:

·        Descripción de las características energéticas del edificio y demás datos necesarios para obtener la calificación energética del edificio (instalaciones térmicas, envolvente térmica, y en el sector terciario, además instalaciones de iluminación y condiciones de funcionamiento y ocupación.

·        Descripción de las pruebas, comprobaciones e inspecciones llevadas a cabo por técnico certificador.

·         Calificación de eficiencia energética del edificio expresada mediante la etiqueta energética. Además de la clasificación global se incluyen las calificaciones parciales de: la calefacción, refrigeración, agua caliente sanitario y en el caso del sector terciario la iluminación.

·         Un documento conteniendo un listado con un número suficiente de medidas de ahorro energético, recomendadas por el técnico certificador.
·        Cuando la calificación es B o C en caso de acometer voluntariamente las recomendaciones la calificación subiría un nivel.
·        Dos niveles en el caso que la calificación sea D, E, F, G.
Alvargonzález & Camba Abogados-Asesores & Administradores de Fincas.


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